La solicitud de convocatoria extraordinaria viene regulada en la Región de Murcia por la Resolución de 2 de junio de 2010. Deben solicitarla aquellos alumnos que han agotado todas las convocatorias en uno o varios módulos profesionales sin haber logrado aprobarlos.
Cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que lo será en dos.
La convocatoria extraordinaria podrán solicitarla los alumnos que habiendo agotado todas las convocatorias les falten hasta un máximo de tres módulos profesionales para poder titular. A la hora del cómputo de los módulos profesionales no se tendrá en cuenta el de Formación en Centros de Trabajo y/o el de Proyecto, este último para los Ciclos Formativos de Grado Superior.
Conforme a la Resolución de 3 de Septiembre de 2012, los alumnos que no puedan promocionar a segundo curso y tengan un máximo de tres módulos profesionales pendientes de primero, tras haber agotado todas las convocatorias establecidas, también podrán solicitar una convocatoria extraordinaria de dichos módulos.
El alumno debe justificar los motivos por los que se ve en la necesidad de solicitar la convocatoria extraordinaria. Los motivos que puede alegar son:
- Enfermedad prolongada o accidente
- Incorporación a un puesto de trabajo
- Maternidad o paternidad
- Atención a familiares
- Actividades de voluntariado
- Y aquellas otras que por su gravedad condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios y que se manifiesten en un menor rendimiento académico del alumno durante el curso académico.
El plazo de presentación de solicitudes para la petición de convocatoria extraordinaria comprenderá desde el 15 de junio hasta el 30 de septiembre de cada año, ambos inclusive. En caso de que el alumno tenga pendiente de superación únicamente el módulo o módulos profesionales de Formación en Centros de Trabajo y/o el de Proyecto, podrá solicitar la convocatoria extraordinaria en cualquier momento del curso académico.
En caso de ser estimada favorablemente su solicitud, el alumno podrá ser evaluado del módulo o módulos profesionales que correspondan hasta en dos convocatorias durante el curso académico para el que se han autorizado. En caso del módulo profesional de formación en centros de trabajo podrá ser evaluado una sola vez. No se puede renunciar o anular la convocatoria extraordinaria concedida.
Si el alumno no cumple los requisitos para solicitar una convocatoria extraordinaria, y no puede terminar el ciclo, puede tratar de matricularse en las pruebas libres de Formación Profesional para cumplir los requisitos y solicitarla.